España con propiedad privada y vivienda digna

Muchos entendemos que el actual conflicto social entre propietarios y okupas se debe a la “hipertrofia normativa” que asola nuestro país. Este concepto se define como la consecuencia negativa que supone la masiva proliferación de nuevas normas jurídicas lo queproduce una preocupante pérdida de la calidad legislativa,amenazando el principio de seguridad jurídica obligado para cualquier Estado de Derecho.
La constante polarización política que acontece en nuestro país ha supuesto la aprobación, modificación parcial y derogación de tantas normas vinculadas a la propiedad privada y, en especial, a la de la vivienda que, sin pretenderlo o sí, hemos creado un gran y sinuoso laberinto jurídico en el que unos y otros o todos juntos hemos perdido la orientación y el sentido común.
Todo manual de exploración deja claro que en caso de pérdida o desorientación se debe volver al origen. Para la España democrática este es el BOE número 311, de 29 de diciembre de 1.978. Desde esta fecha los españoles contamos con nuestra Constitución, norma suprema de la que derivan o deberían derivar todas y cada una de las normas inferiores. El principio de “jerarquía normativa” que regula nuestro ordenamiento jurídico establece que ninguna norma de rango inferior puede contradecir ni oponerse a una superior, siendo la Constitución la Ley Suprema.
El artículo 33.1 de nuestra Constitución nacional reconoce y consagra el derecho a la propiedad privada y a la herencia.
Según lo anterior, somos muchos los ciudadanos que reclamamos la derogación tácita o expresa de todas y cada una de las normasque puedan atentar contra el derecho a la propiedad de los españoles, en especial de los bienes inmuebles sean estos o no la morada habitual del titular del bien.
Parece unánime que la ocupación ilegal supone la comisión de un delito por parte de quien la ejerce. Es aquí donde se expresa la capacidad coercitiva y punitiva reservada al Estado para influir o controlar el comportamiento social (coerción) y para imponer castigos y sanciones a aquellos que infringen las normas establecidas (poder punitivo), que reside en el Estado y Autoridades, con el fin último y legítimo de hacer cumplir la Ley y mantener el orden social.
Estas dos facultades son las que permiten al Estado perseguir cualquier modo de hecho delictivo con absoluta independencia del mayor o menor número de casos en que éstos se produzcan, ytanto es así que las penas tipificadas no guardan relación con la cantidad de veces en las que se ha cometido un delito si no en la justa proporcionalidad entre la gravedad del hecho y la gravedad de la sanción.
Según el Informe publicado por la Asociación Profesional de la Magistratura (APM) en el año 2023 fallecieron en España por muerte violenta homicida 300 personas, añadiendo que esta cifra no supone ni un homicidio cada 100.000 habitantes. A pesar este dato tan positivo nadie duda de la intensa y eficaz persecución de este delito, y de igual forma confiamos se proteja a todos los españoles en el pacífico ejercicio de su derecho a la propiedad.
Por todo lo anterior, desde la Asociación Pro Derecho a la Propiedad Privada solicitamos a todo el arco parlamentario la defensa de este derecho pilar para la estructura de nuestra sociedad, de nuestra economía y paz social, y les invitamos a promover líneas de consenso necesarias para la aprobación de una Ley definitiva contra la ocupación ilegal, y les conminamos a trabajar conjuntamente en la confección de un Plan de Vivienda que permita resolver de forma estructural el problema habitacional que impera en nuestro país, todo ello conscientes de que curiosamente el 70% de nuestro territorio se conoce como “la España vaciada” y sigue pendiente de repoblación tras los números planes que se han programado en este sentido.

