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ASOCIACIÓN PRO DERECHO A LA PROPIEDAD PRIVADA INMOBILIARIA

DE LAS ISLAS BALEARES


¿QUIÉNES SOMOS?

La asociación está formada por ciudadanos y entidades de las islas que, alarmados por la continua devaluación y precariedad del derecho de la propiedad inmobiliaria y ante su creciente indefensión por la ocupación ilegal de inmuebles, han decidido organizarse para promover la defensa de este legítimo derecho en todos sus ámbitos, trabajando con las Autoridades y organismos públicos, fuerzas del orden y órganos jurisdiccionales en el reconocimiento, recuperación y preservación legal, policial y judicial de la propiedad privada inmobiliaria en las Islas Baleares.

¿QUÉ HACEMOS?

Defender en todos los foros y ante cualesquiera interlocutores institucionales o sociales la extrema y urgente necesidad de preservar este derecho establecido expresamente en la Constitución española y otras normas legales pero que, sin embargo, se encuentra cada vez más amenazado por diferentes causas y de forma evidente por la aparente pasividad institucional frente a la ocupación ilegal de inmuebles y otras situaciones análogas de auténtico desamparo para el propietario.

¿Cómo te ayudamos?

ARTÍCULOS

Por Ian Mateu 15 de abril de 2025
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez , ha puesto en su punto de mira a herencias y a herederos . El pasado lunes, el líder del PSOE compareció para anunciar su enésimo plan de vivienda , aunque una parte de su discurso se lo dedicó a las casas que los padres legan a sus hijos tras su fallecimiento. En plena escalada de precios de la vivienda y tras 6 años de mandato, Sánchez presentó 12 medidas inmobiliarias para intentar solucionar un problema causado, principalmente, por la falta de oferta . Sin embargo, el plan de Sánchez gira en torno a más dinero público, más impuestos, un nuevo chantaje a los propietarios y medidas liberticidas, lo que no augura ninguna solución.  Amenaza velada a las herencias Dentro de sus propuestas relativas a la vivienda, en el discurso de Sánchez llamaron la atención unas declaraciones que ya han sido interpretadas como una amenaza velada a los herencias. "Nos estamos enfrentando a un problema grave, muy serio, de enormes implicaciones sociales, económicas y políticas que exige de una respuesta decidida del conjunto de la sociedad y, por tanto, de las instituciones públicas" señaló Sánchez. "Y si no lo hacemos, la sociedad europea y española va a acabar dividida en dos clases de personas: las que reciben una o varias casas de sus padres , y pueden por ello dedicar el grueso de sus ingresos a formarse o viajar, y las que se pasan la vida trabajando para pagar un alquiler y llegan a la vejez sin ser propietarios de la casa en la que viven" añadió. Alrededor de esta reflexión de Sánchez surgen numerosas incógnitas. Las principales son ¿cómo piensa evitar el presidente del Gobierno que haya herederos? ¿está planeando algún tipo de traba? También cabe preguntarse si es que el líder del PSOE cree que las herencias son un juego de suma cero , en las que, cuando aumenta el capital de los herederos disminuye el de los inquilinos. Resulta llamativo que en las dos Españas de Sánchez no existan los ciudadanos que se compran su propia vivienda con su esfuerzo y trabajo (ya sea para vivir o como inversión para alquilar). Tras escuchar las palabras de Sánchez, el abogado de Herencias.es , David Fernández, considera que la táctica del líder del PSOE es "la del globo sonda: decir una bestialidad para que cuando intervenga parcialmente en las herencias vía impuestos , la gente se vea aliviada". El letrado señala que para prohibir las herencias "Sánchez tendría que modificar el Artículo 33 de la Constitución, que reconoce el derecho a la propiedad privada y a la herencia, y no va a llegar hasta ahí". Fernández añade que "si se prohibieran las herencias, se dispararían las donaciones, ¿también prohibiría las donaciones? No tiene sentido". Montero quiere subir Sucesiones Cabe recordar que la ministra de Hacienda, María Jesús Montero , tiene un especial interés recaudador sobre el legado de los fallecidos. Y es que, la socialista lleva clamando por subir Sucesiones en las regiones donde lo tienen más bajo desde que fuera consejera de Hacienda en Andalucía con el equipo de Susana Díaz. Hace unos meses, la socialista volvía a apostar por la "armonización fiscal" y, en concreto, por aumentar la tributación a las herencias en las regiones que tienen el Impuesto de Sucesiones más bajo o desaparecido, como Madrid o Andalucía. Ya lo ha hecho con Patrimonio, y todo apunta a que el siguiente paso será Sucesiones. Además, la de las herencias no es la única amenaza del Ejecutivo a los propietarios de vivienda en los últimos meses. En el marco del 41 Congreso Federal , el PSOE planteó una extensa batería de medidas económicas entre las que destacó la aplicación de "un impuesto especial progresivo a la propiedad a partir de la tercera vivienda ". De momento, no se conocen más detalles.
Por Ian Mateu 9 de abril de 2025
El conocido abogado mallorquín, Carlos Barceló , ha conseguido algo nada frecuente. Ha convencido al juzgado de Instrucción número 4 de Palma para proceder al desalojo exprés de un grupo de personas que había okupado una vivienda en la capital balear en tan solo diez días. Según ha podido saber OKBALEARES , ante el delito de usurpación de vivienda denunciado, el letrado remitió un escrito al juzgado interesando el desalojo «como medida cautelar». Y el juzgado, estimando la petición, ha ordenado el desalojo de las personas que se habían hecho fuertes en la vivienda. La petición de medidas cautelares apenas tiene precedentes en España y mucho menos con resultado exitoso. Barceló no ha llegado a utilizar la nueva legislación. Con la anterior le ha bastado para desalojar a los okupas.  Los propietarios de una vivienda de alto standing en una zona privilegiada de Palma denunciaron ante la Policía Nacional los hechos, la okupación de la lujosa vivienda por un grupo indeterminado de personas formado por un matrimonio y otras personas que no han sido identificadas. Acto seguido, acudieron al despacho de Carlos Barceló para que llevara la tramitación judicial para conseguir su expulsión. Es algo para lo que normalmente la demora es de meses o años en los peores casos. Con lo que nadie contaba es que al abogado se le ocurriera pedir medidas cautelares el primer día que asumió el caso. A los diez días la policía, por mandato judicial, los expulsó de la vivienda. Baleares es una de las comunidades con más viviendas okupadas, según refleja un informe del Instituto de Estudios Económicos. En concreto, señala que el índice de ocupaciones en relación con el número de viviendas vacias por comunidades autónomas de las Islas es de 113. Desde el citado organismo explican que se ha tomado como base 100 para el conjunto de España, por lo que el peso de la ocupación sobre las viviendas vacías en las Islas es mayor que en el total nacional un 13 %. Se trata de «niveles relativamente altos de okupación en relación con sus viviendas vacías», señalan desde el citado organismo . Baleares tiene actualmente un total de 518 viviendas en venta con okupas, lo que supone un 1,7% del total de inmuebles que hay a día de hoy en el mercado. La gran mayoría de ellas se encuentran en Palma, donde hasta 213 viviendas que se venden están okupadas (2,9%), según datos del cuarto trimestre del año pasado del portal inmobiliario Idealista. Se trata de un fenómeno que hace unos años era completamente inexistente en España y ahora las viviendas en venta con okupas suponen el 2,6% de la oferta en todo el país. Y es que este primer estudio revela que un total de 20.464 viviendas en venta de toda España reconocieron sufrir un proceso de okupación durante el cuarto trimestre de 2024. Según el portavoz de Idealista, Francisco Iñareta, los datos ponen de manifiesto la especial relevancia que tiene este fenómeno tanto para el mercado en sí mismo como para la percepción que del mismo tienen los propietarios, y supone un lastre más para la recuperación de la oferta en el mercado.
Por Ian Mateu 2 de abril de 2025
La okupación ilegal de viviendas se ha convertido en uno de los principales problemas para los propietarios. Un problema que está creciendo en los últimos años y que está deteriorando la posición de España en el índice internacional de Derechos de la Propiedad, según explica el Instituto de Estudios Económicos (IEE) en su último informe.  El 'think tank' de la CEOE repasa de la mano de los catedráticos Matilde Cuena Casas y Vicente Pérez Daudí cómo han ido creciendo las denuncias por okupación en nuestro país mientras ha ido empeorando el marco regulatorio que garantiza la propiedad privada inmobiliaria, hasta el punto de provocar un 'efecto llamada'. Los primeros datos que aporta el documento son los que proporciona la Secretaría de Estado de Seguridad, dependiente del Ministerio del Interior, sobre el fuerte incremento de las denuncias de los delitos usurpación de inmuebles y de allanamiento de morada. En 2024 se contabilizaron 16.426 denuncias ante los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, un 7,4% más que un año antes. Se trata de la tercera cifra más elevada de la serie histórica y muestra un alza cercana al 35% desde 2018, cuando Pedro Sánchez llegó al poder. Al margen del repunte de esta cifra, desde el IEE recuerdan que esta estadística solo tiene en cuenta las denuncias que ponen las personas físicas, por lo que habría que sumar tanto aquellos casos de okupación en los que los propietarios son personas jurídicas como aquellos en los que el propietario particular no denuncia para evitar los elevados costes del proceso. Tampoco están incluidos los casos de inquiokupación, que agrupa los casos en los que el arrendatario deja de abonar la renta y, no obstante, permanece en el inmueble. Por tanto, el problema sería muy superior al que dibujan las cifras oficiales. Para Matilde Cuena Casas, catedrática de Derecho Civil de la Universidad Complutense de Madrid y cofundadora de la Fundación Hay Derecho , "la ocupación ilegal de inmuebles es un problema real y no es un bulo, como nos pretenden hacer creer". En su análisis, la catedrática recalca que, a la vista de los datos oficiales, "el incremento es indudable y ostensible" desde el año 2010, cuando se contabilizaron poco más de 2.700 casos (frente a los más de 16.000 en la actualidad) y critica que el Gobierno compare el número de denuncias sobre el total de viviendas en España para limitar su impacto. Según Cuena Casas, "no es posible obviar lo evidente y negar el problema comparando la tasa de ocupación ilegal con el total de viviendas es manipular la información". Las reformas legales han agravado el problema Para la catedrática, el incremento de los casos de okupación de los últimos años ha venido de la mano de unas reformas legales que han provocado que la situación se haya agravado, lo que le lleva a concluir que "no existe una voluntad de resolver el problema" y que "la ocupación ilegal se ha convertido en mecanismo utilizado por el Estado para garantizar el derecho a la vivienda". Cuena Casas reprocha que "lo grave no es tanto que se produzcan casos de ocupación ilegal, sino el tiempo que tarda el propietario en recuperar el inmueble (no menos de un año, en función de la provincia) y los costes en los que tiene que incurrir para desalojar al ocupante ilegal". Su opinión es que "el foco hay que ponerlo en arbitrar mecanismos rápidos para ordenar el desalojo. Y la clave es que muchas de las reformas legales han ido, precisamente, en sentido contrario, poniendo obstáculos procesales al propietario para recuperar la posesión del inmueble". Un ejemplo concreto es la Ley de Vivienda , que "pone más obstáculos procesales al propietario de la vivienda para desalojar tanto al ocupante ilegal como al «inquiokupa» al imponer requisitos de procedibilidad para la admisión a trámite de la demanda". Así, detalla, "todo propietario (sea o no gran tenedor), deberá especificar si el inmueble del ocupante es o no vivienda habitual del ocupante ilegal y si se encuentra en situación de vulnerabilidad económica. De serlo, si el propietario es un gran tenedor no se admitirá la demanda de desalojo hasta que el propietario acredite que se ha sometido al procedimiento de conciliación o intermediación que a tal efecto establezcan las Administraciones Públicas competentes". Otra de las medidas legales que ha dañado la propiedad privada es la regulación de la suspensión de los desahucios de los inquilinos que no podían abonar la renta en plena pandemia del coronavirus, pero que, posteriormente, se extendió a ocupantes ilegales en situación de vulnerabilidad. La medida estará vigente al menos hasta finales de año y, según Cuena Casas, "es otro claro incentivo a la ocupación ilegal". Como argumenta la catedrática, "para que proceda la suspensión debe tratarse de propietarios grandes tenedores (titulares de más de diez viviendas) y que las personas que las habitan sin título se encuentren en situación de vulnerabilidad económica. En suma, basta que haya un menor o persona dependiente en el inmueble para que entre en el ámbito de aplicación de la suspensión del desalojo que durará hasta el 31 de diciembre de 2025. Se prevé una compensación para el propietario que acredite que la suspensión le ha producido un perjuicio económico al encontrarse la vivienda ofertada en venta o en alquiler", por lo que "no es una compensación a todo propietario, sino al que cumpla este requisito, lo que implica que el que no tuviera la vivienda en mercado de alquiler o venta tiene que soportar al ocupante, sin compensación alguna". En este contexto, señala Cuena Casas, "no es de extrañar que se haya profesionalizado el negocio de la okupación" y lamenta que "España se ha convertido en el paraíso de las mafias de la ocupación ilegal por la conciencia generalizada de que la ley protege al okupa". Sus críticas coinciden en el tiempo con las declaraciones de Ione Belarra, secretaria general de Podemos , durante un acto en Málaga, en el que defendido que "si no tienes donde meter a tus hijos, le pegues una patada en la puerta al piso de un banco". La falta de vivienda social traslada la carga al propietario Vicente Pérez Daudí, catedrático de Derecho Procesal de la Universidad de Barcelona , es otro de los autores que participa en el estudio del IEE. Su percepción es que "de forma concurrente, se ha producido un incremento de la ocupación sin título legítimo de posesión. En un principio se realizó por personas afectadas por los lanzamientos cuando no tenían una alternativa habitacional. Sin embargo, posteriormente se ha ampliado a otros colectivos que lo han utilizado como solución habitacional". Para el catedrático, el origen de la situación actual está en la falta de vivienda social en nuestro país. "El problema que se plantea en España es que el Estado no tiene vivienda social para ofrecer esta alternativa habitacional , lo que ha provocado que haya trasladado la carta al propietario ampliando el concepto de la función social de la propiedad [...] El legislador ha optado por ralentizar y suspender el proceso judicial cuando implique el lanzamiento de la vivienda habitual de personas vulnerables ante la falta de vivienda social del Estado para ofrecerles una alternativa habitacional. De esta forma, dicta leyes que suponen la suspensión del proceso judicial que implica lanzamiento como medida de protección de las personas vulnerables, trasladando a los particulares lo que es una obligación del Estado", detalla en su análisis. Pérez Daudí también cuestiona uno de los argumentos más utilizados actualmente para defender la regulación del mercado de la vivienda, como es que el derecho a la vivienda es un derecho fundamental. Una afirmación que el catedrático matiza: "El derecho a la vivienda, en España, no es un derecho fundamental, sino un principio rector de la política social y económica , por lo que no puede ser invocado directamente ante los Tribunales. Es el poder legislativo el que debe regularlo y, en el caso de entrar en relación con algún derecho fundamental, realizar el juicio de proporcionalidad correspondiente". Según el catedrático de Derecho Procesal de la Universidad de Barcelona, lo que se está viendo afectado es el derecho a la tutela judicial efectiva , que se configura como el derecho de acceso a los tribunales y a la efectividad de sus resoluciones, ante las recientes modificaciones normativas, como por ejemplo la Ley de Vivienda. Para Pérez Daudí, el legislador "puede imponer requisitos de procedibilidad o suspender temporalmente la eficacia de una resolución judicial para que la Administración competente pueda ofrecer una alternativa habitacional a las personas vulnerables afectadas por un lanzamiento. Lo que no puede hacer es impedir el acceso al proceso judicial o suspender, de forma permanente, la eficacia de una resolución que implique lanzamiento, ya que afectaría al núcleo esencial del derecho a la tutela judicial efectiva de los artículos 24 de la Constitución española y 6 del Convenio Europeo de Derechos Humanos". Soluciones para atajar el problema Desde el Instituto de Estudios Económicos (IEE) consideran que el problema de la ocupación ilegal en España es reflejo de un "deficiente" marco regulatorio que no garantiza el derecho a la propiedad privada inmobiliaria, así como de una "ineficiente" intervención pública en materia de vivienda. "Es preocupante que, en España, a pesar de contar con un amplio margen de mejora, no se perciban esfuerzos sustanciales para reformar y fortalecer la protección de la propiedad privada inmobiliaria", alerta el informe en este sentido. Entre las medidas que propone el estudio para atajar el problema de la okupación en España se encuentran elevar las penas en los delitos de ocupación de vivienda, posibilitar que los propietarios puedan cortar los suministros de la vivienda ocupada ilegalmente sin que ello tenga la consideración de delito de coacciones, como reconoce la jurisprudencia más reciente ; y agilizar los procesos judiciales para la recuperación de propiedades que hayan sido ocupadas de forma ilegal. Así, piden ampliar el ámbito de aplicación de la Ley de Enjuiciamiento Civil , en relación a la ocupación ilegal de viviendas, y extender la posibilidad de uso de medidas cautelares también a personas jurídicas y a inmuebles distintos de vivienda. También reclaman cambiar el requisito de forma del contrato de arrendamiento de bienes inmuebles, exigiendo el sello de la Administración de la comunidad autónoma competente en materia de vivienda que acredite que se ha depositado la fianza en dicha comunidad y que el contrato está celebrado por quien lo alega para paralizar una medida cautelar. Asimismo, proponen elevar las penas por estafa procesal en el caso de falsificación de contratos de arrendamiento aportados por el ocupante ilegal; equiparar el delito de usurpación al de allanamiento de morada , lo que permitiría obtener casa de "manera inmediata" la posesión del bien ocupado ilegalmente, tal y como sucede en la mayoría de los países europeos; o establecer exenciones fiscales a los propietarios cuando acrediten haber iniciado un procedimiento judicial para lograr el desalojo de un ocupante ilegal. Por último, desde el 'think tank' de la CEOE consideran necesario proteger a todo propietario sea persona física o jurídica, y permitir que una denuncia ante las fuerzas de seguridad, siempre que esté acompañada de un documento que acredite la propiedad del inmueble, sea suficiente para que el juzgado ordene el desalojo. España no mejora posiciones en el Índice de Derechos de Propiedad La nueva edición del Índice Internacional de Derechos de Propiedad (IIDP) muestra que España continúa presentando deficiencias en la protección de estos derechos, situándose por debajo del promedio de las economías desarrolladas y de la Unión Europea. En 2024, España se mantuvo en la mitad inferior del ranking del Índice, situándose en el puesto 22 de los 37 países analizados de la OCDE (el mismo que en la anterior edición), lo que indica "la ausencia de medidas para mejorar la protección de los derechos de propiedad", según el IEE. El ranking está liderado por Finlandia, seguido de Dinamarca, Países Bajos, Luxemburgo y Suecia. Completan el 'top 10' Nueva Zelanda, Australia, Noruega, Alemania y Suiza. Portugal e Italia se encuentran por debajo de España en la lista, que cierran México, Colombia y Turquía. Respecto a 2023, España ha experimentado una reducción más pronunciada que el resto de los países de la Unión Europea y que el resto de la OCDE en el subcomponente del entorno legal y político . En términos relativos, España presenta un resultado inferior en un 4,3% al valor medio de la OCDE y un 1,9% al de la media de los Veintisiete.
Por Ian Mateu 28 de marzo de 2025
El 93,4% de los propietarios que arriendan su vivienda en España son personas particulares con tan solo un inmueble en alquiler, de clase media, y que usan la renta para pagar la hipoteca o complementar su pensión en el caso de los mayores. Es la radiografía que hace el estudio Perfil de los propietarios de viviendas en alquiler en España, elaborado por el Observatorio del Alquiler de la Fundación Alquiler Seguro , que trata de tirar por tierra la imagen de 'rentista' que algunos partidos políticos y organizaciones de inquilinos achacan a los arrendadores. El mismo estudio asegura que tan solo un 5,3% de los caseros cuentan con dos inmuebles y el 1,3% dispone de más de tres. «La gran mayoría son, por tanto, pequeños propietarios que, según el perfil que traza este estudio elaborado a partir de la Encuesta de Presupuestos Familiares del Instituto Nacional de Estadística (INE) y datos aportados por la empresa Alquiler Seguro, residen en zonas de clase media y tienen más de 65 años», es la principal conclusión del informe. Casi la mitad de los propietarios, un 44,4% tienen más de 65 años , porque «los más mayores han tenido más oportunidades de adquirir nuevas propiedades a lo largo de su vida, ya sea a través de herencias o de la compra». Algo que según los elaboradores del estudio explica que la principal fuente de ingresos que sustenta al 46,6% de los hogares de los arrendadores españoles sean las pensiones contributivas. A los mayores de 65 años les sigue el grupo de propietarios con edades comprendidas entre los 50 y los 64 años, que son el 37,9%. Los que tienen entre 35 y 49 años representan el 16,5%, mientras que los más jóvenes, con menos de 35 años, tan solo suponen el 1,2%. La edad media asciende a 59 años. Además de las pensiones contributivas, otras fuentes de ingresos relevantes en los hogares de los propietarios son los ingresos de trabajo por cuenta ajena (40%) y por cuenta propia (9,6%). Tan solo un 1,1% de estas familias se sustentan gracias a las rentas del capital y de la propiedad, aportan los autores. ¿A qué dedican el dinero estos propietarios? La mayoría, un 34%, destinan este dinero a complementar sus pensiones y un 27% para pagar la hipoteca, mientras que un 32% utilizan el alquiler como una inversión para obtener una rentabilidad. Según el estudio, el 6% restante destina estos ingresos a otros fines, como pagar su propio alquiler, complementar su sueldo, ahorrar o simplemente para evitar que su vivienda esté vacía. Mayoría de clase media El informe también incide en que los hogares de los propietarios ingresan de media unos 3.200 euros mensuales, que si se reparten entre la media de 2,5 personas que componen cada hogar, salen a unos 1.260 euros. Aunque los autores también aclaran que es una cifra muy susceptible de variar según la ubicación y las características de los inmuebles que arrienden. Con todo, la gran mayoría de propietarios, un 75,4%, residen en zonas urbanas de clase media. Les siguen los que viven en áreas rurales, que representan el 15,8%, y en barrios de clase alta, que son el 7,1%. En cambio, son muchos menos los que habitan en zonas de clase media baja (1,2%), y aún menos los que lo hacen en zonas urbanas de lujo (0,5%). Principales preocupaciones El estudio también apunta a la importancia que dan a los propietarios a encontrar un inquilino con solvencia y estabilidad por encima de obtener una mayor renta. Es por eso que el 83% asegura que su prioridad es encontrar un inquilino fiable que no dé problemas, «incluso si para ello tienen que acceder a bajar el precio de la renta». En este sentido, el informe dice que la desconfianza de los propietarios «es un freno para la generación de oferta» y sitúa como mayores preocupaciones el impago de la renta (33%) y los posibles daños a la vivienda (32%). Otro tipo de preocupaciones que también destacan son la dificultad para encontrar buenos inquilinos (13%), los problemas legales (9%) o la rotación frecuente de los arrendatarios (6%).
Por Ian Mateu 27 de marzo de 2025
Desbordados por la multitud de casos que se dan en Cataluña, los jueces de Barcelona lideran estos días la rebelión contra la impunidad okupa. Después de que la Audiencia Provincial de Barcelona acordase que, a partir de ahora, cortar o dejar de pagar los suministros de los okupas de patada en la puerta no constituirá un delito de coacciones , los magistrados de la ciudad condal ponen coto a la temida inquiokupación, la modalidad que más ha crecido desde 2020 al calor del polémico decreto antidesahucios que el Gobierno aprobó para hacer frente a la crisis del coronavirus y que, a pesar del fin de la pandemia, ha sido prorrogado hasta en once ocasiones. A tal fin, y según ha podido saber Libre Mercado, la Junta de Jueces de Primera Instancia de Barcelona acordó el pasado día 12 de marzo solicitar a los Servicios Sociales que comprueben en cada prórroga si la situación de vulnerabilidad alegada por los okupas sigue siendo la misma (punto 4), ya que algunos llevan hasta cinco años viviendo a costa de los propietarios. Se trata de una medida que las víctimas llevan reclamando mucho tiempo, por cuanto consideran que aquellos que se libraron de un desahucio por un despido sobrevenido, por ejemplo, ya han podido encontrar trabajo desde entonces. Lo que dice el acuerdo "La prórroga de la suspensión extraordinaria de los procedimientos de desahucio y de lanzamiento para hogares vulnerables sin alternativa habitacional regulada en el Real Decreto-ley 11/2020 prevista en el Real .Decreto-ley 1/2025, de 28 de enero, por el que se aprueban medidas urgentes en materia económica, de transporte, de Seguridad Social, y para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad no excluye la posibilidad de verificar que subsisten los requisitos que determinaron que se otorgara en su momento ", esgrime el mencionado acuerdo al que ha tenido acceso LD. El documento en cuestión justifica tal decisión alegando que "dado que los documentos e informes de servicios sociales que pudieron determinar la previa suspensión acreditaron la concurrencia de los requisitos habilitantes para la misma en un momento anterior, nada obsta a que deban ser actualizados en el momento de decidir sobre la prórroga de la suspensión, máxime cuando dichos documentos tienen una vigencia temporal limitada ". Lo que opinan los expertos "Es algo de sentido común, porque usted pudo tener un problema económico en un momento puntual y ahora no tenerlo, pero no siempre se hace, y ahora los jueces de Barcelona se han puesto de acuerdo para exigir que esos inquiokupas tengan que justificar que siguen reuniendo los requisitos de vulnerabilidad, por eso es tan importante", subraya José María Español, abogado experto en derecho inmobiliario . Es algo de sentido común, porque usted pudo tener un problema económico en un momento puntual y ahora no tenerlo, pero no siempre se hace, y ahora los jueces de Barcelona se han puesto de acuerdo, por eso es tan importante El letrado considera que los jueces de Barcelona han asumido el liderazgo de la rebelión antiokupa, también con el tema de los suministros, por una razón muy sencilla: " Prácticamente, el 50% de la okupación que hay en España está en Cataluña y hay jueces que pueden hacer hasta 25 o 30 sentencias semanales en materia de okupación, con lo que es evidente que marcan tendencia, pero, tal y como están las cosas, esto va a ir a más en todas las comunidades, así que yo espero que este tipo de acuerdos se vayan extrapolando". Lo que desean las víctimas Lo mismo desean desde la Plataforma de Afectados por la Ocupación , cuyo portavoz, Ricardo Bravo, recuerda que, aunque ya existe una sentencia del Tribunal Supremo que establece que hay que revisar los requisitos de vulnerabilidad con cada prórroga y debería sentar jurisprudencia ( STS 1417/2024 ), la realidad es que muchos jueces siguen sin hacerlo. Nosotros hemos animado a nuestros afectados a que lo soliciten, pero lógicamente lo ideal sería que, al igual que los jueces de Barcelona, los del resto de España también se comprometieran a exigirlo sin necesidad de que los propietarios tengan que pelearlo  "Nosotros hemos animado a nuestros afectados a que lo soliciten, tanto por registro en el Ayuntamiento, como informando a sus abogados para que lo reclamen al juez —apunta Bravo—, pero lógicamente lo ideal sería que, al igual que los jueces de Barcelona, los del resto de España también se comprometieran a exigirlo sin necesidad de que los propietarios tengan que pelearlo".
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