Por qué la ocupación ilegal afecta al valor de los inmuebles?

Ian Mateu • 11 de marzo de 2025

De un tiempo a esta parte, hemos visto cómo el tema de la ocupación ilegal ha ido ganando presencia en el foco informativo. Esté más o menos justificada la inquietud general respecto de este fenómeno, asunto que no se pretende juzgar aquí, lo cierto es que con poca frecuencia se oye hablar con exactitud y realismo de las consecuencias de este fenómeno sobre los propios inmuebles, más allá de las evidentes molestias y complicaciones sufridas por sus propietarios.


Es difícil cuantificar con precisión cuántas viviendas se encuentran en esta situación, pues, según qué fuente, las cifras que se manejan son muy distintas (el Institut Cerdà o la Oficina de Seguimiento de Viviendas Ocupadas de la Comunidad de Madrid estiman unas 100.000 en toda España); sí podemos saber con precisión, a través de los datos proporcionados por el Poder Judicial, que la afección a propietarios "comunes" se materializó, en 2019, en un total de 4.017 juicios por ocupación ilegal de vivienda, de los cuales se resolvieron algo más de la mitad. En términos generales, se puede decir que el fenómeno de la ocupación ilegal es mucho más frecuente en las viviendas públicas (unas 300.000 en régimen de alquiler) y en las viviendas vacías (3,4 millones en España) y, dentro de esta categoría, entre aquellas que son propiedad de entidades financieras.


Dejando aparte las ramificaciones legales de este conflicto social, sin duda complejas por cuanto atañen a un colectivo especialmente vulnerable, la ocupación ilegal supone un verdadero reto desde el punto de vista técnico a la hora de determinar el valor de mercado de los inmuebles afectados, dado que se trata de un fenómeno que no solamente impacta en el propio inmueble o edificio ocupado, sino que puede tener repercusiones en las viviendas aledañas, que pueden experimentar pérdidas de demanda y dificultades de convivencia, llegando a estigmatizar determinados entornos. Ello ha obligado a las sociedades de tasación a poner en marcha protocolos específicos de actuación, así como a definir metodologías concretas para cuantificar el impacto sobre el valor, para lo cual se precisa poner en relación la legislación vigente en cada momento con la normativa técnica de valoración.


En este sentido, la promulgación del Real Decreto-Ley 1/2021, de 19 de enero, de protección de los consumidores y usuarios frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica, que contempla una suspensión (en determinadas situaciones y exclusivamente durante la vigencia del Estado de Alarma) de los procedimientos de desahucio y lanzamiento, es solo una más de las estipulaciones legales que se deben considerar a la hora de estimar el plazo durante el cual el propietario no podrá recuperar la posesión del bien, aspecto que, lógicamente, es relevante para su valor de mercado. Otra estipulación legal a considerar es la protección específica que tienen las viviendas habituales y primeras residencias, cuya eventual ocupación es un delito.


Toda valoración (y así lo exige normativa que la regula para fines hipotecarios) establece que una de las comprobaciones fundamentales a realizar por el tasador es, precisamente, el estado de ocupación del inmueble, con el fin de determinar el régimen legal que regula la relación entre propietario y ocupante (en caso de que no coincidan) y las repercusiones que dicha relación comporta sobre el valor, pues el periodo durante el cual el propietario no pueda disponer libremente de la vivienda y la renta que, en su caso, perciba durante dicho periodo tienen un impacto específico en el valor del bien. Por ello, esta información debe quedar reflejada en el informe y, en viviendas ocupadas ilegalmente, conlleva la necesidad de entrar a evaluar parámetros como la incertidumbre de mercado, derivada del riesgo asumido por un potencial comprador, y el eventual deterioro del entorno, ambos parámetros fundamentales en la ecuación del valor del inmueble.


Por otro lado, al resultar (habitualmente) imposible la realización de una inspección interior de un inmueble ocupado ilegalmente, una sociedad de tasación quedará obligada a rehusar la emisión de un valor a efectos hipotecarios, pues dicho valor habría de basarse en hipótesis sobre el estado real del inmueble y, por tanto, quedar condicionado a que las mismas pudieran ser comprobadas y ratificadas, lo cual no es admisible de cara a la constitución de un préstamo garantizado. Por este motivo, una ocupación ilegal, además de dificultar la libre disposición de la vivienda a su propietario, impide o dificulta en extremo que una entidad financiera pueda otorgar una hipoteca utilizándola como garantía.


Cuando, fuera del ámbito hipotecario, es preciso disponer de un valor de referencia para la toma de algún tipo de decisión económica, las sociedades de tasación cuentan con mecanismos metodológicos para evaluar con el mayor rigor posible la repercusión de una ocupación en el valor del inmueble, como son el incremento de las tasas de actualización (tasas de rentabilidad que exigirían los inversores, y que se fijan en consonancia con el riesgo) y la corrección de los flujos de caja (ingresos y gastos), mediante ampliación de los plazos de estudio y elevación de los costes y gastos, todo ello en función de los plazos necesarios estimados para recuperar la posesión y de los posibles costes de mantenimiento y rehabilitación para devolver a las viviendas las condiciones de habitabilidad.



En definitiva, para evaluar correctamente el impacto de una ocupación en el valor de un inmueble resulta esencial contar con informes de tasación basados en la pericia, la experiencia y un amplio espectro de conocimientos técnicos, que puedan, de forma profesional y comprehensiva, reflejar y ponderar esta situación de manera que sirva de apoyo en sus decisiones a propietarios, inversores y usuarios.

Por Ian Mateu 15 de abril de 2025
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez , ha puesto en su punto de mira a herencias y a herederos . El pasado lunes, el líder del PSOE compareció para anunciar su enésimo plan de vivienda , aunque una parte de su discurso se lo dedicó a las casas que los padres legan a sus hijos tras su fallecimiento. En plena escalada de precios de la vivienda y tras 6 años de mandato, Sánchez presentó 12 medidas inmobiliarias para intentar solucionar un problema causado, principalmente, por la falta de oferta . Sin embargo, el plan de Sánchez gira en torno a más dinero público, más impuestos, un nuevo chantaje a los propietarios y medidas liberticidas, lo que no augura ninguna solución.  Amenaza velada a las herencias Dentro de sus propuestas relativas a la vivienda, en el discurso de Sánchez llamaron la atención unas declaraciones que ya han sido interpretadas como una amenaza velada a los herencias. "Nos estamos enfrentando a un problema grave, muy serio, de enormes implicaciones sociales, económicas y políticas que exige de una respuesta decidida del conjunto de la sociedad y, por tanto, de las instituciones públicas" señaló Sánchez. "Y si no lo hacemos, la sociedad europea y española va a acabar dividida en dos clases de personas: las que reciben una o varias casas de sus padres , y pueden por ello dedicar el grueso de sus ingresos a formarse o viajar, y las que se pasan la vida trabajando para pagar un alquiler y llegan a la vejez sin ser propietarios de la casa en la que viven" añadió. Alrededor de esta reflexión de Sánchez surgen numerosas incógnitas. Las principales son ¿cómo piensa evitar el presidente del Gobierno que haya herederos? ¿está planeando algún tipo de traba? También cabe preguntarse si es que el líder del PSOE cree que las herencias son un juego de suma cero , en las que, cuando aumenta el capital de los herederos disminuye el de los inquilinos. Resulta llamativo que en las dos Españas de Sánchez no existan los ciudadanos que se compran su propia vivienda con su esfuerzo y trabajo (ya sea para vivir o como inversión para alquilar). Tras escuchar las palabras de Sánchez, el abogado de Herencias.es , David Fernández, considera que la táctica del líder del PSOE es "la del globo sonda: decir una bestialidad para que cuando intervenga parcialmente en las herencias vía impuestos , la gente se vea aliviada". El letrado señala que para prohibir las herencias "Sánchez tendría que modificar el Artículo 33 de la Constitución, que reconoce el derecho a la propiedad privada y a la herencia, y no va a llegar hasta ahí". Fernández añade que "si se prohibieran las herencias, se dispararían las donaciones, ¿también prohibiría las donaciones? No tiene sentido". Montero quiere subir Sucesiones Cabe recordar que la ministra de Hacienda, María Jesús Montero , tiene un especial interés recaudador sobre el legado de los fallecidos. Y es que, la socialista lleva clamando por subir Sucesiones en las regiones donde lo tienen más bajo desde que fuera consejera de Hacienda en Andalucía con el equipo de Susana Díaz. Hace unos meses, la socialista volvía a apostar por la "armonización fiscal" y, en concreto, por aumentar la tributación a las herencias en las regiones que tienen el Impuesto de Sucesiones más bajo o desaparecido, como Madrid o Andalucía. Ya lo ha hecho con Patrimonio, y todo apunta a que el siguiente paso será Sucesiones. Además, la de las herencias no es la única amenaza del Ejecutivo a los propietarios de vivienda en los últimos meses. En el marco del 41 Congreso Federal , el PSOE planteó una extensa batería de medidas económicas entre las que destacó la aplicación de "un impuesto especial progresivo a la propiedad a partir de la tercera vivienda ". De momento, no se conocen más detalles.
Por Ian Mateu 9 de abril de 2025
El conocido abogado mallorquín, Carlos Barceló , ha conseguido algo nada frecuente. Ha convencido al juzgado de Instrucción número 4 de Palma para proceder al desalojo exprés de un grupo de personas que había okupado una vivienda en la capital balear en tan solo diez días. Según ha podido saber OKBALEARES , ante el delito de usurpación de vivienda denunciado, el letrado remitió un escrito al juzgado interesando el desalojo «como medida cautelar». Y el juzgado, estimando la petición, ha ordenado el desalojo de las personas que se habían hecho fuertes en la vivienda. La petición de medidas cautelares apenas tiene precedentes en España y mucho menos con resultado exitoso. Barceló no ha llegado a utilizar la nueva legislación. Con la anterior le ha bastado para desalojar a los okupas.  Los propietarios de una vivienda de alto standing en una zona privilegiada de Palma denunciaron ante la Policía Nacional los hechos, la okupación de la lujosa vivienda por un grupo indeterminado de personas formado por un matrimonio y otras personas que no han sido identificadas. Acto seguido, acudieron al despacho de Carlos Barceló para que llevara la tramitación judicial para conseguir su expulsión. Es algo para lo que normalmente la demora es de meses o años en los peores casos. Con lo que nadie contaba es que al abogado se le ocurriera pedir medidas cautelares el primer día que asumió el caso. A los diez días la policía, por mandato judicial, los expulsó de la vivienda. Baleares es una de las comunidades con más viviendas okupadas, según refleja un informe del Instituto de Estudios Económicos. En concreto, señala que el índice de ocupaciones en relación con el número de viviendas vacias por comunidades autónomas de las Islas es de 113. Desde el citado organismo explican que se ha tomado como base 100 para el conjunto de España, por lo que el peso de la ocupación sobre las viviendas vacías en las Islas es mayor que en el total nacional un 13 %. Se trata de «niveles relativamente altos de okupación en relación con sus viviendas vacías», señalan desde el citado organismo . Baleares tiene actualmente un total de 518 viviendas en venta con okupas, lo que supone un 1,7% del total de inmuebles que hay a día de hoy en el mercado. La gran mayoría de ellas se encuentran en Palma, donde hasta 213 viviendas que se venden están okupadas (2,9%), según datos del cuarto trimestre del año pasado del portal inmobiliario Idealista. Se trata de un fenómeno que hace unos años era completamente inexistente en España y ahora las viviendas en venta con okupas suponen el 2,6% de la oferta en todo el país. Y es que este primer estudio revela que un total de 20.464 viviendas en venta de toda España reconocieron sufrir un proceso de okupación durante el cuarto trimestre de 2024. Según el portavoz de Idealista, Francisco Iñareta, los datos ponen de manifiesto la especial relevancia que tiene este fenómeno tanto para el mercado en sí mismo como para la percepción que del mismo tienen los propietarios, y supone un lastre más para la recuperación de la oferta en el mercado.
Por Ian Mateu 9 de abril de 2025
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